El pasado 6 de julio, la jueza federal Sabrina Namer, titular del Tribunal Oral en lo Correccional Federal Nº 8, absolvió a dieciocho mujeres trans imputadas por el delito de comercialización de drogas en el barrio porteño de Constitución.
El fallo, de 153 páginas de extensión, da cátedra sobre la importancia de una justicia con perspectiva de género y enfoque interseccional, y también advierte la inacción policial y fiscal y la violación al derecho a la identidad de género autopercibida de las personas imputadas, que fueron tratadas como “varones travestidos”.
La decisión en cuestión fue arribada luego de una reunión de la magistrada con la mayoría de las acusadas -ya que dos de ellas fallecieron durante el proceso penal- donde expresaron sus relatos de vida, echando luz sobre las múltiples vulnerabilidades sufridas y la actividad que desarrollaban como mera subsistencia, ante la imposibilidad de otras opciones.
Mujeres de las circunstancias
Las desigualdades de género son uno de los elementos que explican los delitos de drogas cometidos por mujeres cis y trans. Se las suele involucrar en actos ilícitos a partir de sus relaciones familiares o sentimentales, ya sea como novias, esposas, madres e hijas, trabajadoras y en cumplimiento de los roles asignados por relaciones de género marcadas por una asimetría patriarcal.
Según estudios que analizaron el contenido de otros fallos condenatorios (Cabrera, 2019; Jackson, 2003) pareciera claro que al encontrarse estupefacientes en una vivienda habitada por una mujer imputada bajo algún tipo de complicidad, subyace una idea invisible de pertenencia al hogar, de maternidad indiscutida, de dependencia económica y afectiva a su familia.
“Esto puede involucrar, entre otras cuestiones, la actividad económica llevada a cabo por su pareja, qué cosas ingresan y cuáles salen o qué hace cada uno de los convivientes del lugar. Se construye así un ideal de la mujer que de su vivienda y sus habitantes todo lo sabe y lo conoce”, indicó María Lina Carrera en Mujeres de las circunstancias y delitos de drogas, un estudio sobre jurisprodencias.
De este modo, las mujeres son responsabilizadas penalmente como cómplices de sus parejas o como coautoras del mismo delito, solamente por el hecho de compartir el mismo espacio o por mantener un vínculo. Como la responsabilidad del cómplice es de naturaleza derivada, las mujeres deben transitar un proceso penal en el que son imputadas, acusadas y condenadas por delitos que no son llevados a cabo por ellas, y terminan recibiendo sentencias drásticamente desproporcionadas a sus supuestos roles en los crímenes.
Diversas etapas de los delitos de drogas con frecuencia se desarrollan en un ámbito de intimidad. La clandestinidad del comercio de estupefacientes genera la necesidad de esconder la droga en un espacio de confianza, que se encuentre al alcance del vendedor y que sea de fácil acceso para los compradores o intermediarios.
Por otro lado, ante las dificultades para la inserción laboral, mayormente por la realización de tareas de cuidado, son las mujeres quienes se insertan en las redes de tráfico para obtener ingresos, muchas veces desde el propio hogar con la finalidad de compatibilizar el rol doméstico.
En el caso de las mujeres trans, el acceso prácticamente vedado al empleo formal arroja como resultado la prostitución como actividad de supervivencia que, en muchos casos, es complementada con la oferta de estupefacientes, y con el propio consumo de sustancias para sobrellevar esas condiciones de vida. De esta manera, a pesar de ser el último eslabón de la cadena, por ser un blanco fácil para la policía, son en quienes más recaen las penas de prisión impuestas a la comercialización.
Al respecto, señaló la magistrada Namer en su fallo: “No resulta casual que la venta de estupefacientes haya formado parte de su subsistencia, puesto que el contacto con esas sustancias y su consumo está absolutamente ligado a la forma en que ejercen la prostitución. Ello surgió de todos los relatos, la adicción a la droga y el alcohol como manera de sobrellevar el ejercicio de la prostitución”.
La desfederalización y el impacto sobre la persecución de los delitos menores
La legislación penal en materia de estupefacientes en Argentina encuentra dos grandes regulaciones: la Ley de Estupefacientes N° 23.737 que, enmarcada por la Convención de Viena, abarca un grupo de variadas conductas, y la Ley N° 22.415 (Código Aduanero), que si bien no regula de manera específica cuestiones relativas a drogas, agrava el delito de contrabando cuando lo que se intenta exportar o importar es material estupefaciente (art. 866). En este caso, el hecho ilegal se materializa cuando se impide o dificulta el ejercicio del control aduanero.
En el 2005, mediante la ley n° 26052 se introdujeron modificaciones a la Ley de Estupefacientes, mediante las cuales el tráfico en pequeña escala, tales como la tenencia y comercialización (mal llamado “narcomenudeo”) pasó a ser considerado un delito con competencia de la justicia ordinaria provincial. Desde allí se habla de la desfederalización de la persecución de los delitos contra la ley de drogas. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires implementó esta ley recién en enero de 2019, una vez aprobados los respectivos convenios de transferencia de competencias de delitos.
Sin embargo, las detenciones han pasado a ocupar un lugar cada vez más significativo, alterando el panorama anterior a la transferencia. En parte, esto se motiva en la problemática ambigüedad alrededor de si la tenencia es para comercialización o no, lo cual se presta a la discrecionalidad y arbitrariedad por parte de las fuerzas policiales y poderes judiciales.
El fallo analizado en esta nota fue iniciado en el año 2013, a raíz de una denuncia anónima y por esa razón, la justicia interviniente continuaba siendo la federal.
Lamentablemente, el traspaso producto de la desfederalización aumentó la persecución de delitos menores y criminalización del consumo, aunque es importante tener en cuenta que este fenómeno no es privativo de la CABA y responde a un impacto más general de la desfederalización, que también se comprobó en otras jurisdicciones.
En lo que respecta a la Ciudad, si comparamos las causas que tramitaban ante el Poder Judicial federal antes de la desfederalización con aquellas ingresadas en la justicia local a partir de 2019, notamos un incremento notable de la persecución de delitos menores y también de la criminalización de consumidores.
Según un informe del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), durante 2018 la justicia federal de CABA había recibido 11.976 causas iniciadas por todos los delitos comprendidos por esa ley, de las cuales 4.777 resultaron en tenencia para consumo. Al año siguiente, el poder judicial de la Ciudad recibió 25.934 causas sólo por delitos menores, de las cuales 19.272 fueron por consumo personal. Esto implica un aumento de más del 400% de la persecución a consumidores.
Mujeres cis y trans en las drogas
El problema de la persecución penal de las drogas ilegalizadas afecta principalmente a las mujeres y personas trans. Estos delitos constituyen la principal causa de prisionización de las mujeres en la Argentina con un 43%. Esta proporción es aún mayor en el caso de las personas trans, con un 70%.
A la hora de desagregar el tipo de delitos vinculado con la Ley de Estupefacientes cometidos por mujeres presas, encontramos que una gran mayoría se debe a la comercialización, con un 73%.
Mujeres habitantes de barrios pobres y con hijos a cargo se involucran en la venta de drogas como estrategia de supervivencia. En otros casos, actúan como “mulas” al transportar en su cuerpo o entre sus pertenencias la sustancia de un lado a otro pero también por considerarse partícipes cuando se encuentran sustancias en su vivienda aunque no haya suficiente prueba de su autoría o participación en el delito.
En cualquier caso, se trata de su participación en los eslabones débiles de la infraestructura que permite el tráfico de drogas, aquellos que serán más fácilmente descubiertos y que sufrirán con mayor dureza las consecuencias de la intervención penal. Esto tiene una escasa correlación con el objetivo establecido en la ley, que busca “atacar el narcotráfico”.
Según indica la Procuración Penitenciaria Nacional en su informe de 2019, la población travesti y trans detenida por delitos de infracción a la ley de drogas viene en aumento en los últimos años. Este aumento no es solo de carácter absoluto, sino que se observa en el porcentaje relativo de los encarcelamientos por infracción de drogas respecto de los encarcelamientos totales.
El CELS relevó que desde el 2015 -momento en el cual el Sistema Nacional de Estadística sobre la Ejecución de la Pena (SNEEP) comenzó a informar sobre personas trans presas- al 2019, este porcentaje pasó de representar el 30% de les detenides en 2015 al 70%.
La situación en la CABA
En lo que respecta a la Ciudad de Buenos Aires, Yael Barrera, escribiente y trabajadore Defensoria General porteña, sostiene que el incremento de la persecución de delitos menores vinculados a drogas produjo un nuevo fenómeno: el de las mujeres cis y trans detenidas, que previamente eran muy pocas en la CABA.
El incremento de la persecución de delitos menores en el distrito que hace de la inflación persecutoria un sinónimo de seguridad, sumado a la falta de estadísticas oficiales sobre la situaciones de mujeres cis y trans detenidas por delitos vinculados a drogas y la superpoblación carcelaria en la Ciudad, convocan a la preocupación y a la exigencia de políticas públicas claras para esta población, así como protocolos de actuación para las fuerzas policiales y antecedentes jurídicos con perspectiva de género e interseccioal como el analizado aquí.
Queda claro que, al momento de abordar situaciones procesales en las que se encuentran mujeres involucradas, el Derecho, lejos de ser un marco neutral, continúa reproduciendo y consolidando concepciones sociales de naturaleza patriarcal. En ese escenario, la presunción de inocencia de la mujer se vuelve borrosa a la vez que surgen convenciones sociales y estereotipos que, de manera expresa o no, impactan en los razonamientos jurídicos.
Elementos simbólicos de la estructura social, como son los roles sociales masculinos y femeninos, y la falta de formación en materia de género y derechos del colectivo LGBTTIQ+, generan efectos concretos en el sistema punitivo. Por eso, la reforma judicial feminista es urgente, y fallos como éste demuestran que es posible.
- Guada Santana es socióloga y Belén Romano abogada, ambas integran Futura – Laboratorio de Ideas.